A- de 2022
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Drummond Ltda·Demandado Municipio De Cienaga Magdalena
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de actos sujetos al derecho administrativo, cuando esté involucrada una entidad pública
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Quinto Administrativo de Santa Marta y Juzgado Cuarto Civil del Circuito de la misma ciudad.
Dicho conflicto se originó cuando la sociedad extranjera Drummond Ltda. interpuso una solicitud de mandamiento de pago en contra del municipio de Ciénaga, Magdalena, debido a el silencio administrativo positivo que ocurrió con ocasión de la omisión en que presuntamente incurrió el Municipio de Ciénaga de resolver una solicitud de devolución por pago de lo no debido, respecto del impuesto sobre el servicio de alumbrado público.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones la Sala Plena determina que, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para conocer de los procesos ejecutivos por medio de los cuales un particular solicita la devolución del pago de lo no debido en el marco de un tributo territorial, en virtud de la interpretación sistemática y armónica de los artículos 104 y 155 del CPACA, y 720, 732, 835, 850 y 853 del Estatuto Tributario.
Con base a lo anterior, la Corte decide remitir el expediente a el Juzgado Quinto Administrativo de Santa Marta para lo de su competencia y para que comunique la providencia a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (27 puntos)
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- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Quinto. Administrativo del Circuito de Santa Marta y el Juzgado
- Cuarto. Civil del Circuito de Santa Marta, en el sentido de DECLARAR que Juzgado
- Quinto. Administrativo de Santa Marta es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por la sociedad extranjera Drummond Ltda. contra la Alcaldía de Ciénaga (Magdalena).
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-460 al Juzgado
- Quinto. Administrativo de Santa Marta para lo de su competencia y comunique la presente decisión al demandante y a los demás interesados.
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Presidenta
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- Ausente con permiso
- HERNÁN CORREA CARDOZO
- Magistrado (E)
- JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.